CDC logró acceder a la información sobre el contenido del expediente en el asunto COMP/F/38.620 - Peróxido de Hidrógeno, en virtud del Reglamento de Transparencia de la UE.
Tras la decisión del 3 de mayo de 2006 en el asunto COMP/38.620 sobre el cártel del peróxido de hidrógeno a escala europea, CDC solicitó a la Comisión Europea, sobre la base del Reglamento de Transparencia, pleno acceso al contenido del expediente administrativo. Tras la denegación de su solicitud, CDC interpuso un recurso de anulación contra la Comisión ante el Tribunal General de la Unión Europea el 6 de octubre de 2008.
El Tribunal dictó una sentencia favorable el 15 de diciembre de 2011. En particular, confirmó la posición de CDC, que indica que el interés de un miembro del cártel en evitar acciones por daños y perjuicios en su contra no es un interés que pueda justificar la no divulgación del documento solicitado en virtud del Reglamento de Transparencia. Evitar las demandas por daños y perjuicios no constituye un interés de los miembros del cártel que merezca protección.