Otras decisiones históricas de los tribunales europeos se derivan de una solicitud de CDC a la Comisión Europea para que revele partes confidenciales de su decisión sobre el cártel del peróxido de hidrógeno de 3 de mayo de 2006. A raíz de esta solicitud, la Comisión aceptó finalmente volver a publicar una versión más detallada y no confidencial de dicha decisión.
Las objeciones formuladas por dos destinatarios de la Decisión, Akzo Nobel NV y Evonik Degussa GmbH, contra la nueva publicación fueron desestimadas por el Tribunal General de la Unión Europea. En sus sentencias de 28 de enero de 2015, el Tribunal confirmó que la re-publicación prevista revelaría información capaz de facilitar la comprobación del perjuicio sufrido por las personas que, como CDC, se consideran perjudicadas por la infracción sancionada en la decisión, así como la relación de causalidad entre dicha infracción y el supuesto perjuicio. CDC había intervenido del lado de la Comisión en el procedimiento sobre el recurso de Akzo Nobel (asuntoT-345/12).
Mientras que la sentencia sobre Akzo Nobel pasó a ser definitiva, la sentencia paralela sobre Evonik Degussa fue recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sobre este nuevo recurso, el Abogado General presentó sus conclusiones el 21 de julio de 2016 (asunto C-162/15 P). Esto ofrece una orientación clara sobre el supuesto conflicto entre la protección de los derechos de los solicitantes de clemencia, por un lado, y por el otro lado, el derecho del público a acceder a la información, en general, y de las personas potencialmente perjudicadas por la conducta anticompetitiva denunciada, en particular.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 14 de marzo de 2017, anula finalmente la sentencia sobre Evonik Degussa por motivos formales (asunto C-162/15 P). Sin embargo, además de esto, el Tribunal de Justicia confirma esencialmente la sentencia del Tribunal General. Señala, en particular, que una decisión de infracción de la Comisión permite apoyar a las víctimas de los cárteles durante sus acciones de indemnización por daños y perjuicios contra los infractores. El Tribunal de Justicia precisa también, en términos generales, las condiciones de publicación de la información procedente de los documentos facilitados por un miembro del cártel a la Comisión en apoyo de una declaración realizada para obtener la clemencia.
Esto tendrá un impacto significativo en los casos futuros que implican particularmente el acceso a la información sobre las infracciones de los cárteles.