El 16 de febrero de 2017, CDC presentó una demanda por daños y perjuicios ante el Tribunal Regional de Hannover, Alemania, en relación con el cártel del azúcar alemán.
El 18 de febrero de 2014, la Oficina Federal de Carteles de Alemania (FCO) impuso multas de aproximadamente 280 millones de euros a Nordzucker AG, Pfeifer & Langen GmbH & Co. KG y Südzucker AG por su participación en acuerdos anticompetitivos sobre zonas de venta, cuotas y precios en el mercado del azúcar.
Las infracciones se referían a la venta de azúcar para la industria de transformación (azúcar de transformación) y de azúcar para los consumidores finales (azúcar doméstico). Se produjeron a lo largo de varios años, hasta las inspecciones por sorpresa de la FCO en la primavera de 2009 y en parte se remontan a mediados de los años noventa.
Según la FCO, los fabricantes de azúcar formaron un "cártel territorial" y durante muchos años acordaron limitar en general sus ventas de azúcar en Alemania a las respectivas "zonas de venta doméstica". El objetivo de los acuerdos era conseguir los precios más altos posibles para el azúcar. Además, los miembros del cártel, mediante una "gestión homogénea de clientes y volúmenes", coordinaban sus actividades en relación con el Reglamento del mercado del azúcar de la UE, la ampliación de la UE hacia el Este y los cambios en los flujos de importación-exportación. Los aspectos centrales de los acuerdos eran la "regla del mercado interior" y el compromiso de no interferir con otros miembros del cártel. Los productores de azúcar acordaron exportar el exceso de producción en lugar de utilizar los excedentes para aumentar competitivamente sus respectivas cuotas de mercado en Alemania.
Según el FCO, el cártel del azúcar no fue causado por el Reglamento del Mercado del Azúcar de la UE. A pesar del sistema de cuotas y de las garantías de precios mínimos, la competencia por las zonas de venta, los clientes y los precios de los clientes habría sido aún posible, pero en su lugar los miembros del cártel utilizaron ""la gran transparencia del mercado resultante con fines de coordinación, lo que limitó aún más la competencia residual"". Los fabricantes de azúcar no han recurrido la decisión de la FCO, cuyas conclusiones se convirtieron en definitivas para los tribunales civiles en los procedimientos por daños y perjuicios.
CDC ha adquirido demandas por daños y perjuicios de 63 distribuidores y fabricantes de alimentos/bebidas alemanes, que se vieron afectados por los acuerdos y prácticas anticompetitivas como compradores directos o indirectos de azúcar y productos sustitutivos durante el periodo del cártel. El 16 de febrero de 2017, CDC presentó una demanda ante el Tribunal Regional de Hannover, Alemania, solicitando una sentencia que declare que Nordzucker AG, Pfeifer & Langen GmbH & Co. KG y Südzucker AG sean responsables conjuntamente de los daños causados.
CDC ha realizado, junto con expertos externos de renombre, una evaluación económica de los daños causados por el cártel. Teniendo en cuenta que el cártel tuvo efectos en varios niveles del mercado, la evaluación incluye un completo análisis de daños económicos horizontales y verticales.
La evaluación concluye que tanto los compradores directos como los indirectos de los fabricantes de azúcar sufrieron un sobreprecio considerable en sus compras de azúcar de transformación, azúcar doméstico y productos sustitutivos, durante el periodo de vigencia del cártel e incluso después, debido a los efectos persistentes. Se han tenido en cuenta las peculiaridades del mercado del azúcar, como el Reglamento del mercado del azúcar de la UE.
El daño total, incluidos los intereses, reclamado por CDC supera los 300 millones de euros.