El 16 de febrero de 2017, CDC presentó una demanda por daños y perjuicios ante el Tribunal Regional de Hannover, Alemania, en relación con el cártel alemán del azúcar.
El 18 de febrero de 2014, la Oficina Federal de Carteles de Alemania (FCO) impuso multas de aproximadamente 280 millones de euros a Nordzucker AG, Pfeifer & Langen GmbH & Co. KG y Südzucker AG por su participación en acuerdos anticompetitivos sobre zonas de venta, cuotas y precios en el mercado del azúcar.
El cártel se refería a la venta de azúcar para la industria de transformación (azúcar de transformación) y de azúcar para el comercio minorista de alimentos (azúcar doméstico). Duró desde mediados de los años noventa hasta las inspecciones de la FCA en la primavera de 2009.
Según la FCO, los fabricantes de azúcar formaron un "cártel territorial" y durante muchos años acordaron limitar en general sus ventas de azúcar en Alemania a las respectivas "zonas de venta doméstica". El objetivo de los acuerdos era conseguir los precios más altos posibles para el azúcar. Además, los miembros del cártel, mediante una "gestión homogénea de clientes y volúmenes", coordinaban sus actividades en relación con el Reglamento del mercado del azúcar de la UE, la ampliación de la UE hacia el Este y los cambios en los flujos de importación-exportación. Los aspectos centrales de los acuerdos eran la "regla del mercado interior" y el compromiso de no interferir con otros miembros del cártel. Los productores de azúcar acordaron exportar el exceso de producción en lugar de utilizar los excedentes para aumentar competitivamente sus respectivas cuotas de mercado en Alemania.
Los acuerdos, como aclarala FCA, no fueron dictados por la regulación de los mercados europeos del azúcar. A pesar del sistema de cuotas y de las garantías de precios mínimos, la competencia por las zonas de venta, los clientes y los precios de los clientes habría sido posible. En su lugar, sin embargo, los miembros del cártel aprovecharon el régimen europeo de cuotas, la regulación de los precios mínimos y la gran transparencia del mercado resultante para su coordinación y también restringieron la competencia residual. El caso muestra, por tanto, cómo una regulación exhaustiva del mercado puede contribuir a restringir la competencia en detrimento de los clientes.
Los fabricantes de azúcar no han recurrido la decisión de la FCA. Por lo tanto, sus conclusiones son vinculantes para los tribunales civiles en los procedimientos por daños y perjuicios.
CDC ha adquirido reclamaciones por daños y perjuicios de más de 1.000 minoristas y fabricantes de alimentos y bebidas que se vieron afectados por los acuerdos y prácticas anticompetitivas como compradores directos o indirectos de azúcar y productos sustitutivos en Alemania durante el período del cártel.
Con su demanda, CDC hace valer estas reclamaciones contra Nordzucker AG, Pfeifer & Langen GmbH & Co. KG y Südzucker AG como deudores solidarios. El caso está actualmente pendiente de recurso ante el Tribunal Regional Superior de Celle.
CDC ha realizado, junto con peritos externos de renombre, un análisis económico de los daños causados por el cártel. Se han tenido en cuenta las características especiales del mercado del azúcar, como la normativa comunitaria sobre el azúcar. Teniendo en cuenta que el cártel tuvo efectos en varios niveles del mercado, la evaluación incluye un análisis combinado de daños económicos horizontales y verticales.
La evaluación concluye que tanto los clientes directos como los indirectos de los fabricantes de azúcar sufrieron sobreprecios significativos en sus compras de azúcar de transformación, azúcar doméstico y productos sustitutivos durante el periodo de vigencia del cártel, y más allá debido a los efectos persistentes. Se han tenido en cuenta las peculiaridades del mercado del azúcar, como el Reglamento del mercado del azúcar de la UE.
Los daños totales reclamados por CDC, incluidos los intereses, superan los 300 millones de euros.